miércoles, 29 de septiembre de 2010

El Reglamento de la Ley del Suelo.

Noticia encontrada en: http://www.mviv.es/es/index.php?option=com_content&task=view&id=1659&Itemid=178 (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

El Reglamento de la Ley del Suelo hará más transparente el mercado del suelo y ayudará a combatir la especulación.


La ministra de Vivienda destaca que la norma “se enmarca en una serie de políticas que desarrolla el Ministerio de Vivienda y que pretenden promover una transformación real de nuestro modelo de crecimiento urbano”

29 de septiembre de 2010. La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, ha señalado hoy que “el Anteproyecto de Reglamento de la Ley del Suelo contribuye directamente a mejorar el funcionamiento del mercado del suelo para hacerlo más transparente y eficiente combatiendo, además, en la medida de lo posible, eventuales prácticas especulativas y fortaleciendo la lucha contra la corrupción”.

La ministra, que ha hecho estas declaraciones en respuesta a una pregunta parlamentaria, ha destacado que estas finalidades, es decir mayor transparencia en el mercado y lucha contra las prácticas especulativas, se van a alcanzar “mediante el desarrollo del nuevo régimen de valoraciones que dejó establecido la Ley, y que el Reglamento concreta y detalla en sus aspectos técnicos”. “También mejora –ha explicado Corredor- el funcionamiento del mercado de suelo gracias a la inclusión de medidas que refuerzan la constancia y el reflejo en el Registro de la Propiedad de la actividad urbanística”.

En su respuesta, Beatriz Corredor ha detallado las principales aportaciones del Anteproyecto de Reglamento. En primer lugar, ha destacado que la norma aportará al mercado del suelo mayor transparencia, ya que “proporciona un elenco claro y detallado de las técnicas y métodos de valoración que serán de aplicación a este marcado”.

Asimismo, el Reglamento aporta mayor rigor, puesto que “se diversifican los métodos empleados en la valoración del suelo, de modo que se obtiene el valor más justo para cada inmueble”.

En última instancia, la ministra ha señalado que el texto aporta más seguridad jurídica, que se alcanza, no sólo por facilitar mayor transparencia, sino porque, además, permite aplicar métodos y normas de valoración más precisos. Sobre este punto, la ministra ha expuesto que “todos conocemos que el mercado incorpora expectativas y factores especulativos y con este Reglamento vamos a disponer de las reglas que especifican cómo podrán evitarse y qué condiciones deben cumplirse para la aplicación de los distintos métodos”. A su juicio, “todo ello determinará que no puedan producirse valoraciones muy diferentes para inmuebles similares, que es lo que ha venido sucediendo en el pasado”.

La ministra ha recordado que “los aspectos los criterios, reglas y métodos de valoración del suelo han sido un aspecto que nunca se había abordado con el suficiente detalle mediante normativa reglamentaria. El Reglamento, siguiendo los criterios fijados en la Ley de Suelo, los desarrolla técnicamente”.

Beatriz Corredor ha destacado que “el futuro Reglamento de la Ley del Suelo se enmarca en una serie de políticas que desarrolla el Ministerio de Vivienda y que pretenden promover una transformación real de nuestro modelo de crecimiento urbano, tan necesitado de ser afrontado con rigor”. La intención del Ministerio en este aspecto es “superar definitivamente la etapa de desregulación en la que la tensión ejercida por la especulación sobre el suelo llevó al precio medio de la vivienda por metro cuadrado a duplicarse en nuestro país, haciendo virtualmente imposible para muchos el acceso a una vivienda”.

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Si queréis obtener más información, os dejo un enlace del borrador del Reglamento de la Ley del Suelo.



Registro de la Propiedad

CAPÍTULO I

Normas generales

Artículo 39. Actos inscribibles.
Artículo 40. Título inscribible.
Artículo 41. Clases de asientos.
Artículo 42. Representación gráfica de las fincas.
Artículo 43. Coordinación entre Catastro y Registro en materia de actos de naturaleza urbanística.
Artículo 44. Subrogación legal.
Artículo 45. Cierre registral de actos sujetos a autorización urbanística.
Artículo 46. Transmisión de fincas a favor de las Administraciones Públicas.

CAPÍTULO II.

Normas especiales.

Artículo 47: De la afección de las fincas de resultado al cumplimiento de la obligación de urbanizar.
Artículo 48. Caducidad y cancelación de la afección.
Artículo 49. Práctica de la inscripción, pago del justiprecio y fincas no incluidas en el expediente de expropiación forzosa.
Artículo 50. Inscripción de las fincas y su aprovechamiento en caso de ocupación directa.
Artículo 51. Constatación registral de la reversión.
Artículo 52. Constatación registral de la retasación.
Artículo 53. Inscripción registral de la obra nueva.
Artículo 54. Nota marginal de finalización de la obra declarada en construcción.
Artículo 55. Publicidad formal e inscripción de títulos que tengan por objeto la obra declarada en construcción.
Artículo 56. Reglas aplicables a otras construcciones.
Artículo 57. Requisitos administrativos para la inscripción del régimen de propiedad horizontal en sus distintas modalidades.
Artículo 58. Requisitos para la inscripción de actos de segregación o división de fincas.
Artículo 59. Inscripción de declaraciones de cambio de uso.
Artículo 60. Anotaciones preventivas por incoación de expedientes de disciplina urbanística.
Artículo 61. Inscripción del derecho de superficie.
Artículo 62. Contenido de la inscripción y del título.
Artículo 63. cancelación registrar del derecho de superficie.
Artículo 64. Inscripción de las transmisiones de fincas integrantes de patrimonios públicos de suelo.
Artículo 65. Efectos de la constancia registral de las limitaciones, plazos y condiciones.
Artículo 66. Readquisición por la Administración.
Artículo 67. cancelación de asientos.
Artículo 68. Inscripción de la adjudicación en régimen de sustitución forzosa.
Artículo 69. Efectos de la cancelación de inscripciones de obra nueva o de propiedad horizontal susceptibles de indemnización

La huelga dejará a León sin transporte urbano, con servicio "limitado" de taxi, habrá ORA y los comercios estarán abiertos.

Noticia encontrada en: http://leonoticias.com/frontend/leonoticias/La-Huelga-Dejara-A-Leon-Sin-Transporte-Urbano-Con-Servicio-impn56363 (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

www.leonoticias.com - 28/09/2010

Dos autobuses urbanos recorrerán ininterrumpidamente y durante todo el día el trayecto Santo Domingo-Hospitales, pero sin paradas intermedias.


ACTUALIZADO / La convocatoria de huelga general afectará al transporte urbano, así como a diferentes servicios de atención al público dependientes del Ayuntamiento de León. Así lo ha confirmado este martes el Consistorio en una nota oficial en la que se decretan los servicios mínimos,

De este modo, según el Ayuntamiento de la capital, y en lo referente a transporte urbano la empresa concesionaria del servicio urbano de autobuses, Alesa, garantizará este miércoles los servicios mínimos de transporte urbano.

Según se ha anunciado este martes dos autobuses recorrerán de forma ininterrumpida el trayecto desde Santo Domingo hasta los Hospitales, tal y como se viene aplicando en todas las convocatorias de huelga general. Los vehículos circularán, según las previsiones, con una frecuencia de 30 minutos.

Las mismas fuentes municipales han asegurado que "siempre se aplican los mismos servicios mínimos" en todas las jornadas de huelga general y siempre consensuadas con los representantes sindicales.

Según el Ayuntamiento "este acuerdo ha sido posible gracias a la buena voluntad de los representantes sindicales que han permitido alcanzar un acuerdo de mínimos que garantice cubrir cualquier eventualidad".

Sí habrá ORA y servicios en otras administraciones

La jornada de huelga, sin embargo, no supondrá que se anulé el servicio de aparcamiento de la ORA, aunque según la concesionaria del mismo, podría darse la circunstancia que este servicio se realizara con menor personal.

El resto de administraciones, autonómicas o nacionales, mantendrán su atención al público con "relativa normalidad" al prever las mismas un paro que "no supere el cuatro por ciento". Así delegación de la Junta de Castilla y León y subdelegación del Gobierno, así como servicios de catastro, registro de la propiedad, Seguridad Social, banca o Cámara de la Propiedad tendrán en principio sus puertas abiertas.

Menos 'taxi'

Por su parte los representantes del sector del taxi han garantizado el servicio "pero con una menor presencia de vehículos". No existe, hasta el momento, un porcentanje estimado de lilmitación del servicio que en todo caso será "mínimo, al tratarse de un servicio de primera necesidad" más en una jornada "de este tipo, en la que el servicio de autobús estará muy limitado".

Problemas en Correos

Mientras, los sindicatos prevén paralizar el servicio de Correos, aunque desde la compañía se advierte que se cumplirán los servicios mínimos establecidos.

Comercios abiertos

Los comercios de la capital así como del resto de la provincia abrirán al público, aunque podrán cerrar a lo largo del día por los efectos de piquetes o bien decisión de la propia empresa para garantizar la seguridad.

Servicios esenciales: enseñanza, agua, electricidad y hospitales

Se consideran servicios esenciales, y por lo tanto no sujetos a huelga, los de alimentación básica, el suministro de agua, el suministro de electricidad, gas y petróleo, el transporte, la administración de justicia, la enseñanza, el sector hospitalario y los medios de comunicación.

La subdelegación del Gobierno pondrá en la calle todos los efectivos policiales a fin de que se garantice tanto el derecho a la huelga como el derecho de los trabajadores que deseen acudir a sus lugares de trabajo.

(Acceder a la noticia para leer más)



viernes, 24 de septiembre de 2010

DENEGACION DE LOS SABADOS INHABILES

A continuación transcribimos la contestación que nos ha llegado hoy, remitida por la Directora General, denegando el cierre de los sábados.

OFICIO.

Nº Referencia R-236/2010-19.10

Asunto: Contestación a solicitud de cierre de Registros los Sábados

Salida 0001 Nº2010000060430

22/09/2010 09:13:56

En contestación a su solicitud de que se declare el cierre de las Oficinas de los Registros los sábados e inicie los procedimientos necesarios para su declaración como días inhábiles, le informamos:

El primer párrafo del artículo 360 del Reglamento Hipotecario establece “El Registro estará abierto al público a todos los efectos, incluido el de presentación de documentos, los días hábiles desde las nueve a las catorce horas y desde las dieciséis a las dieciocho horas, sin perjuicio de que los sábados se aplique el régimen establecido por el Ministro de Justicia”. Y el artículo 48.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo (LRJAPyPA), establece que sólo son inhábiles los domingos y los declarados festivos.

Según lo anterior, siendo el sábado día hábil el Registro debe estar abierto al público, con alguna excepción aprobada por el Ministro de Justicia. Debido a esto, por distintas órdenes del Ministerio de Justicia se han ido aprobando la apertura con un horario limitado para determinados sábados e incluso el cierre durante todo el día para un sábado determinado (el siguiente al viernes santo y los del mes de agosto).

Todas las anteriores son excepciones y por lo tanto no sería congruente una Orden Ministerial que permitiera el cierre del Registro todos los sábados del año pues se estaría contraviniendo no sólo el espíritu sino también la letra de la norma. Y esto es así pues el artículo 360 del Reglamento Hipotecario fue modificado por Real Decreto de 30 de diciembre de 1987, siendo a su vez modificado por la disposición Adicional primera del R.D. 1039/2003, de 1 de agosto, habiendo desaparecido la remisión expresa que se hacía a los Juzgados y Tribunales para la determinación de los días inhábiles, por lo que ha de aplicarse la normativa que resulta del artículo 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA. Además de existir razones de atención a los ciudadanos que exigen que puedan acudir personalmente a la oficina registral los sábados para asuntos de su interés.

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992 de RJAPyPA establece que la Administración General del Estado y la Administración de las Comunidades Autónomas, fijarán con sujeción al calendariolaboral oficial, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos. Dicho calendario deberá publicarse antes de comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda y en otros medios de difusión que garantice el conocimiento por los ciudadanos. Así, la Resolución de 26 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado para la función pública, por la que se establece el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2010, a efectos de cómputo de plazo (B.O.E. de 9 de diciembre)

Visto lo anterior, no cabe proceder al cierre de los Registros todos los sábados del año, y consecuentemente tampoco cabe el inicio de la tramitación para declarar los sábados como días inhábiles en los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

LA DIRECTORA GENERAL,

Mª Ángeles Alcalá Díaz


http://asociaper.es/2010/09/24/contestacion-de-la-directora-general-sobre-el-cierre-de-los-sabados/

martes, 21 de septiembre de 2010

CONVOCATORIA DE LAS PRUEBAS DE INGRESO Y PROMOCIÓN A LAS DISTINTAS CATEGORIAS PROFESIONALES

Escrito dirigido al personal recibido en los Registros esta tarde.

<<" La Asociación Profesional de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España ha decido convocar los exámenes de ingreso y promoción a las distintas categorías profesiones ya que considera que el ingreso y promoción del personal auxiliar es un derecho básico de los trabajadores, que no puede demorarse más ante la situación de paralización de la mesa de negociación del II convenio colectivo ( único órgano actual que podría tomar un acuerdo de estas características, debido a que la Comisión de Vigilancia y Seguimiento se encuentra sin actividad desde febrero de 2007).

Por ello, la Asociación Profesional de Registradores CONVOCA LAS PRUEBAS DE INGRESO Y PROMOCIÓN A LAS DISTINTAS CATEGORÍAS PROFESIONALES, las cuales se sujetarán a las normas contenida en el convenio colectivo del sector, a excepción del abono de un cano que deberá aportar cada uno de los examinados y que se aprobó en la última convocatoria de exámenes entre las dos partes. Asimismo la APR hace constar que deja abierta la posibilidad de que, en cualquier momento, la parte social se sume a esta convocatoria. Por lo tanto, las fechas en la que se convocan dichas pruebas son las siguientes:

CATEGORÍAS _______FECHA EXAMEN______ FECHA TOPE RECEPCIÓN INSTANCIAS

Auxiliar 2ª _____13 de diciembre 2011___________13 de septiembre 2011  
Auxiliar 1ª _____14 de diciembre 2011___________14 de septiembre 2011  
Oficial _____15 de diciembre 2011___________15 de septiembre 2011

LOS EFECTOS ECONOMICOS QUE EN SU CASO PRODUZCAN DICHAS PRUEBAS SERÁN DESDE EL DIA 1 DE ENERO DE 2012.

Se adjunta los índices de los temarios a desarrollar para cada categoría (los libros correspondientes a dichos temarios los interesados los podrán adquirir en la APR, para ello la Asociación mandará, en su momento, un e-mail a los Registros y Registradores para solicitar los mismos; para evitar colapso en las líneas telefónicas agradeceríamos que se esperara a recibir en los Registros dicho e-mail). Más adelante se remitirán las normas para la realización de las pruebas.

PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN

Para poder participar a las pruebas de ingreso y promoción a las distintas categorías profesionales, será obligatorio e indispensable el abono de un canon por cada uno de los examinados para así poder sufragar los gastos que dicha convocatoria ocasione. Es requisito imprescindible que todo examinado remita junto con la documentación que deba aportar el jusitificante original de ingreso de los derechos de examen. La cuota se establece en 70€/examinando que cada solicitante deberá ingresar en el número de cuenta corriente: 2100/0720/64/0200138584 cuyo titular es la Asociación Profesional de Registradores. Dicho importe no será reembolsable en ninguno de los casos, es decir, que tanto si son admitidos o no a examen, haciendo hincapié en que los empleados que quieran acceder a dicha pruebas deberán asegurarse de antemano que cumplen todos y cada uno de los requisitos que se indican en esta comunicación.

Los solicitantes comunicarán su intención de participar en las pruebas mediante escrito dirigido a la Asociación Profesional de Registradores, indicando en el sobre de envío REFERENCIA: EXAMENES 2011, a la dirección calle Príncipe de Vergara, 72, bajo 1, 28006 de Madrid, con una antelación de, al menos, tres meses a la fecha de celebración señalada. al escrito deberán acompañar los siguientes documentos acreditativos de reunir los requisitos necesarios para participar en las pruebas, ya que no se dispone del acceso a los archivos de la Comisión de Vigilancia, por encontrarse ésta paralizada desde febrero de 2007 (...)>>

lunes, 20 de septiembre de 2010

Condenado el Registrador de la Propiedad de Lepe, por despido improcedente de un empleado con más de 45 años de antigüedad

Es de agradecer al periodista FRANCISCO RUIZ ROLDÁN / HUELVA, que transcriba parte de esta sentencia. Os transcribo su artículo publicado el jueves 16 de septiembre de 2010 en el periódico El Mundo Huelva Noticias: "Condenado el Registrador de la Propiedad de Lepe, por despido improcedente de un empleado con más de 45 años de antigüedad". Sentencia nº 405/2010 del Juzgado de lo Social de Huelva por despido improcedente de nuestro compañero, eliminando los nombres y apellidos de los afectados.

El Juzgado de lo Social número 1 de Huelva ha condenado al titular del Registro de la Propiedad de Lepe, -"el Registrador" por el despido del Empleado”, quien tenia categoría profesional de oficial y una antigüedad en desempeño de sus tareas que data de mayo de 1965. En la sentencia dictada por la jueza, a la que ha tenido acceso EL MUNDO Huelva Noticias, se tumban uno tras otros los argumentos esgrimidos por el demandado para justificar el despido, que se ejecutó el pasado 6 de abril, y se fija una indemnización de 45 días de salario por año de servicio.

El Registrador” atribuía “al Empleado” la presunta comisión de 83 infracciones, 19 de ellas de carácter muy grave, y el resto con la catalogación de graves. El demandante fue acusado de insultar a sus compañeros, de cometer actos de insubordinación, de diminuir adrede su rendimiento y de una mala gestión de su trabajo entre otras. En términos globales, la jueza concluye que el despido es <>.

En relación al procedimiento de imposición de sanciones por faltas graves y muy graves, argumenta la magistrada que el titular del Registro de la Propiedad de Lepe (fruto de la división en marzo de 2008 del Registro de Ayamonte) no envió copia de dicha apertura a la Comisión de Vigilancia y Seguimiento del Convenio Colectivo y Mercantiles de la Propiedad y Mercantiles de España y tampoco remitió las alegaciones del demandante ni escrito alguno de continuación del expediente.

De esa forma, la comisión no pudo emitir su informe (no vinculante), pese a que así se recoge en el mencionado convenio, lo que supone, según la jueza, una manifiesta irregularidad.

Añade que no queda suficientemente evidenciado que se trate de un y que el despido, por ser la sanción más grave en el Derecho Laboral .

No duda la jueza en concluir que no se dan por las amenazas e insultos que presuntamente habría lanzado “el Empleado” contra algunos de sus compañeros y que el trabajador cumplió con la tarea asignada por “el Registrador” cuando se reincorporó el 14 de enero de 2010 tras una baja laboral.

En otro de los fundamentos de derecho que componen la sentencia, se estiman las faltas que se refieran a la supuesta de un ordenador por parte del demandante y la perdida de información.

Cabe apuntar que “el Empleado” realizó desde el 14 de julio de 1987 las funciones de sustituto “del Registrador”, lo que demuestra que fue una persona de su absoluta confianza.

Sin embargo, tras materializarse el trasvase de trabajadores (13 en total) del Registro de Ayamonte al de Lepe, las funciones que venía asumiendo el demandante fueron asumidas por una auxiliar administrativa de segunda que actualmente es el miembro de la plantilla mejor retribuido.

La representación legal “del Registrador” ha interpuesto recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).


Artículo encontrado en  http://www.sioya.org/material/descargar.asp?id=25&rec=2398

viernes, 17 de septiembre de 2010

NOTA INFORMATIVA - HUELGA GENERAL 29 DE SEPTIEMBRE -

SIOYA y SRC hacen saber:


Que ni SIOYA ni SRC, hemos convocado ni nos hemos adherido a la huelga general que se va a celebrar el próximo día 29 de septiembre; por lo tanto queda a conciencia y voluntad de cada trabajador secundar la citada huelga; toda vez que la misma tiene cobertura legal al estar convocada por los Sindicatos mayoritarios a nivel nacional.

Que al no ser parte convocante no podemos negociar ningún servicio mínimo, por lo que los mismos deberán ser negociados con cada Registrador.


Jueves, 16 de septiembre de 2010

martes, 14 de septiembre de 2010

Los 'estímulos' fiscales tiran del sector inmobiliario y contienen los precios.

El último trimestre del año concentra gran parte de las esperanzas del sector

Elmundo.es | Madrid - Actualizado martes 14/09/2010 10:47 horas


El último trimestre del año se presenta como la gran oportunidad del sector inmobiliario -bancos y promotores- para reducir parte del 'stock' que atesoran. Tras el 'efecto IVA' del pasado 1 de julio llega la eliminación de las deducciones fiscales para las rentas medias y el final de las cuentas Ahorro-vivienda. Los expertos y estudios auguran unos meses de mayor actividad, de contención de precios... y travesía del desierto a partir de entonces.

En julio, las ventas de viviendas registraron un aumento del 17,5% respecto al pasado mes de junio, según el INE. Las estadísticas recogen -dicen los expertos- compras cerradas durante los meses anteriores, previos a la subida de IVA, pues el indicador oficial se elabora con los datos proporcionados por el Colegio de Registradores de la Propiedad, que contabiliza las inscripciones registrales de inmuebles adquiridos en los meses anteriores. O, lo que es lo mismo, la estadística lleva retraso.

Pero, según los entendidos, los datos no representan una consolidación de la tendencia al alza del sector. Es preciso esperar a ver qué pasa al segundo semestre, que se publicarán ya en 2011.

De hecho, los próximos datos del INE reflejarán nuevas bajadas en las ventas. Así lo cree Julio Gil, codirector del Máster de Empresas Inmobiliarias de la UNED, que cree que, superado el 'efecto IVA' "es posible que en los próximos meses se den leves descensos" para, con el final de año, volver a repuntar.

Para Pedro Pérez, el portavoz del G-14 -el grupo de presión de las grandes promotoras españolas-, añadió que la venta de viviendas experimenta "una suave recuperación", aunque será necesario esperar a los datos de agosto y septiembre, para achacar el crecimiento al IVA.
Una demanda 'natural'

Por el contrario, el consejero delegado de la consultora inmobiliaria Irea, Mikel Echavarren, cree que "la demanda natural y el ajuste de los precios" -que siguen cayendo- harán que las ventas continúen al alza durante los próximos meses.

Según un reciente estudio de Bankinter, la demanda de los próximos años se situará en unas 360.000 unidades, el cóctel de compradores que forman las 200.000 parejas que se casan cada año, otras 40.000 parejas de hecho, 95.000 divorcios y 25.000 residentes extranjeros. El mismo estudio cifra el 'stock' en 900.000 casas nuevas.

Esa demanda natural prevista, la evolución de los precios y el ritmo al que crecen los visados permiten dudar de la utilidad de unas estadísticas de compraventas que -al ritmo actual- indican que en España podrían venderse hasta 600.000 pisos este año.

¿Y en 2011?

Ha calado ya en la población que todo el que adquiera una vivienda antes de la tarde del 31 de diciembre podrá deducirse cada año hasta un 15% sobre un máximo de 9.015 euros (1.352 euros) durante el tiempo de vida de la hipoteca.

A partir del 1 de enero se hace con una casa después de la marcada fecha, sólo se podrán beneficiar de esta desgravación las rentas inferiores a 17.707 euros. La deducción máxima irá menguando hasta los 24.107 euros de ingresos anuales.

Noticia encontrada en: http://www.elmundo.es/elmundo/2010/09/14/suvivienda/1284454061.html?a=OUT21d2819913da9cbd6c862b03223293f9a&t=1284478139 (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

lunes, 13 de septiembre de 2010

AULA TRIBUTARIA 2010

Con motivo del inicio del nuevo curso, les presento la oferta formativa que desde el Servicio de Coordinación de Oficinas Liquidadoras hemos preparado para este ciclo académico 2010-2011:


a). En primer término, se ofrecerá una Actualización a la primera edición del Curso sobre Procedimiento tributario: El Reglamento de aplicación de los tributos, con el objetivo de dar seguimiento y completar la formación ya impartida por el Aula tributaria. Esta actualización se ofrecerá al final del mes de septiembre a los alumnos que hubiesen obtenido diploma de aprovechamiento o de asistencia en la primera edición del citado Curso.


b). Asimismo, con el objeto de facilitar la entrada de las Oficinas Liquidadoras en la tramitación e imposición de sanciones, se impartirá un Curso sobre El procedimiento sancionador en los tributos gestionados por las Oficinas Liquidadoras, durante los meses de octubre de 2010 a enero de 2011.


c). Y, finalmente, durante los meses de febrero a junio de 2011, se ofrecerá la segunda edición del Curso de El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.



Dada la proximidad del inicio del período de inscripción al segundo de los Cursos citados, se adjunta la convocatoria con todos los detalles del mismo. La matrícula está abierta a todos los empleados de los Registros y Oficinas Liquidadoras, el plazo de inscripción comienza el 13 de septiembre y finaliza el 1 de octubre.


Para cualquier cuestión que surja no duden en dirigirse a nosotros a través del correo electrónico aulatributaria@corpme.es. Igualmente, si ya estuviera dado de alta en el sistema y existiera algún cambio en los datos personales que figuran en el mismo, rogamos lo comuniquen al citado correo.


Aula Tributaria Telemática (TEMARIO)

CURSO “EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN LOS TRIBUTOS GESTIONADOS POR LAS OOLL”


Facilitar el conocimiento de la aplicación del sistema sancionador en los tributos gestionados por las Comunidades Autónomas.

DESTINATARIOS

Especialmente indicado para el personal de las Oficinas Liquidadoras y para los funcionarios de las Comunidades Autónomas encargados de la gestión e inspección tributaria.

DESARROLLO DEL CURSO

El Curso se impartirá telemáticamente a través de la página Web del Colegio de Registradores www.registradores.org, apartado “Aula tributaria”, que será accesible desde cualquier ordenador con conexión a Internet, previa acreditación mediante el nombre de usuario y la contraseña que se facilitará al momento de realizar la matrícula.

El Curso se desarrollará apoyándose en tres elementos:
• Los temas expositivos;
• Los ejercicios de autocomprobación; y
• La tutoría ‘on line’.

Los temas se pondrán a disposición de los alumnos en la plataforma informática del Curso, en formato PDF para su posible impresión en papel.

Las unidades didácticas en las que se desarrolla el Curso se entregarán a lo largo de su duración, prevista del 11 de octubre de 2010 al 19 de enero de 2011 ‐dejando libre una semana en el periodo de Navidad‐.

Los ejercicios de autocomprobación acompañarán cada uno de los temas y estarán a disposición en la página Web. Los alumnos deberán efectuar dichos ejercicios y enviarlos, a través de la plataforma informática del Curso, en los plazos establecidos.

La tutoría ‘on line’ permitirá que los alumnos puedan efectuar cualquier consulta relacionada con la materia expuesta por medio de la plataforma informática; consulta que será respondida en breve plazo, bien directamente al correo electrónico que el alumno haya proporcionado al inscribirse, bien en la propia página Web.

PROGRAMA DEL CURSO

El Curso completo se desarrollará en 6 unidades didácticas, cuya exposición en el Aula Telemática se efectuará cada dos semanas, según previsión de fechas que se detalla a continuación:

Octubre 2010


I. Introducción al régimen sancionador tributario.
II. Disposiciones generales sobre infracciones y sanciones tributarias.

Noviembre 2010


III. Análisis de las infracciones con perjuicio económico.
IV. Análisis de las infracciones sin perjuicio económico.

Diciembre 2010


V. El procedimiento sancionador.
VI. Recursos contra sanciones y delitos contra la Hacienda Pública.

Enero 2011

Evaluación final.


MATERIAL DE TRABAJO

Para el seguimiento del Curso es imprescindible, además de los temas y ejercicios, la disponibilidad de la siguiente normativa:
• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
• Real Decreto 2063/2004, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general del régimen sancionador tributario.
• Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Las citadas normas ‐y las que llegasen a necesitarse‐ estarán colgadas o irán colgándose en la página Web del Curso.

INSTRUCCIONES DE MATRICULACIÓN

El plazo de matrícula se abre el 13 de septiembre y finaliza el 1 de octubre de 2010.


La inscripción deberá realizarse necesariamente desde un ordenador del Registro u Oficina Liquidadora.

Los interesados, deberán dirigirse a la página Web del Colegio de Registradores www.registradores.org, apartado “Aula tributaria”, donde se formalizará la solicitud de inscripción.

La aceptación al Curso, en su caso, se comunicará por correo a la dirección electrónica que el alumno haya facilitado en la citada solicitud.

NO se aceptarán inscripciones una vez transcurrido el referido plazo, ni por otro medio que no sea el indicado.

DIPLOMAS Y VALIDACIONES ACADÉMICAS


Al finalizar el Curso se efectuará un examen final, a través de la propia página Web, tras el cual se entregará el correspondiente diploma de aprovechamiento o asistencia a los alumnos que acrediten su conocimiento o dedicación.


Para obtener el diploma de asistencia, el alumno deberá cumplir el siguiente requisito:

Enviar, dentro del plazo indicado al efecto, al menos cuatro de los ejercicios de autocomprobación que se entregarán a lo largo del curso.
Para tener derecho a presentar al examen final y obtener el diploma de aprovechamiento, el alumno deberá:

Enviar, dentro del plazo indicado al efecto, al menos cuatro de los ejercicios de autocomprobación que se entregarán a lo largo del curso.

Aprobar la evaluación final.

Por otra parte, el Centro de Estudios Económicos y Empresariales de la Universidad de Murcia ha reconocido oficialmente este Curso otorgando una convalidación de 6 créditos universitarios (60 horas lectivas).

Los créditos reconocidos podrán convalidarse como créditos de libre configuración en las Licenciaturas afines, de conformidad con lo que establezca cada Universidad.

Cualquier duda sobre las cuestiones planteadas, rogamos se dirija a la dirección electrónica: aulatributaria@corpme.es.


viernes, 10 de septiembre de 2010

La venta de viviendas.

La venta de viviendas creció un 26,6% entre abril y junio para evitar la subida del IVA.

Galicia fue la octava comunidad con un mayor incremento en las transacciones.

PAULA PÉREZ - SANTIAGO La venta de viviendas en Galicia se incrementó un 26,6 por ciento entre los meses de abril y junio con respecto al pasado año. La razón es el interés de los compradores en eludir la subida del IVA prevista para el mes de julio y pagar así solo un gravamen del 7 por ciento en lugar del ocho. De esta manera, en un piso con un precio medio de 120.000 euros, se pudieron ahorrar unos 1.200 euros.


Aunque la subida en las ventas ha sido generalizada en toda España, el incremento registrado en Galicia ha sido superior a la media nacional (24,7 por ciento). De hecho, ha sido la octava comunidad autónoma que ha registrado un mayor aumento, por detrás del País Vasco, Asturias, Cataluña, Castilla y León, Madrid, Baleares y Comunidad Valenciana.

Noticia encontrada en: http://www.farodevigo.es/galicia/2010/09/10/venta-viviendas-crecio-266-abril-junio-evitar-subida-iva/471610.html (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).


La venta de viviendas se dispara para evitar la subida del IVA

Las operaciones suben un 44% entre abril y junio, aunque promotores y agentes inmobiliarios lo achacan a escrituras de transacciones anteriores.
10.09.10 - 01:55 - M. ÁNGELES GONZÁLEZ | MÁLAGA.

Noticia encontrada en: http://www.diariosur.es/v/20100910/malaga/venta-viviendas-dispara-para-20100910.html (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).


La venta de pisos se disparó antes de la subida del IVA


En los últimos 12 meses se vendieron 495.684 viviendas, el 4,8% más
Las transacciones registran el tercer trimestre consecutivo de aumentos
Viernes, 10 de septiembre del 2010
SALVADOR SABRIÀ / Barcelona

Noticia encontrada en: http://www.elperiodico.com/es/noticias/economia/20100910/venta-pisos-disparo-antes-subida-del-iva/473389.shtml Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).


La provincia, tercera por la cola en la venta de viviendas de toda la región
La variación interanual es negativa, mientras que el resto de la comunidad presenta valores positivos
10.09.10 - 01:07 - V. LABRADOR | ZAMORA.

Noticia encontrada en: ttp://www.nortecastilla.es/v/20100910/zamora/provincia-tercera-cola-venta-20100910.html Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).


jueves, 9 de septiembre de 2010

Refundición de las leyes de sociedades de capital.

Raimundo Segura - 09/09/2010

Este verano se publicó en el BOE el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. El referido texto obedece al propósito de agrupar en una sola norma las leyes de sociedades anónimas y de sociedades de responsabilidad limitada, así como las disposiciones contenidas en el Código de Comercio en relación con las sociedades comanditarias por acciones y determinados artículos de la Ley del Mercado de Valores relativos a las sociedades anónimas cotizadas.

Sin embargo, ese objetivo quedó lastrado por tres circunstancias. La primera, que al ceñirse a las sociedades de capital, deja fuera de su ámbito las sociedades mercantiles personalistas (colectivas y comanditarias simples), así como otros muchos tipos societarios o asociativos especiales, por lo que no alcanza a ser, ni lo pretende, un Código de Sociedades Mercantiles. La segunda y más relevante, que al tratarse de una mera refundición, contiene toda la regulación legal general vigente sobre sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades comanditarias por acciones, sin mejorarla ni simplificarla, ni siquiera cuando las diferencias existentes entre ellas son del todo intrascendentes o, incluso, de difícil justificación. Y la tercera, que en la propia Ley de Modificaciones Estructurales, que es la norma habilitadora para realizar esta refundición, se excluyeron de la misma las disposiciones relativas a la transformación, la fusión, la escisión, la cesión global de activos y pasivos y el traslado de domicilio internacional, precisamente porque la regulación de estas modificaciones se aplica también a las sociedades mercantiles personalistas y no sólo a las sociedades capitalistas.

En suma, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ha quedado reducido a un ejercicio de acumulación por acarreo, eso sí, con los materiales pulcramente ordenados. No ha pretendido el legislador más que regularizar, aclarar y armonizar los textos legales referidos, sin caer en su mera yuxtaposición. Sin embargo, no sólo no ha podido suprimir aquellas normas que la experiencia ha evidenciado que son obsoletas, sino que ni tan sólo ha recogido la doctrina jurisprudencial ya asentada al resolver los conflictos que se han suscitado a causa de la aplicación de algunas de las normas vigentes y ahora refundidas.

En este sentido, llama la atención, por ejemplo, que siga obviándose el ejercicio de la representación proporcional de los socios minoritarios en el consejo de administración de las sociedades de responsabilidad limitada, pese a la posición adoptada por el Tribunal Supremo a favor de admitir que tal representación proporcional pueda regularse estatutariamente.

Así, en la exposición de motivos de la norma se reconoce que más que la rígida contraposición actualmente vigente entre sociedades anónimas y limitadas, en razón de la forma elegida, la distinción esencial radicaría en tener o no la condición de sociedad cotizada. Y por esta y otras razones, como así se reconoce expresamente, el texto refundido nace con decidida voluntad de provisionalidad y con el deseo de ser superado pronto. ¿Era, pues, necesario? En mi opinión, no. Este nuevo texto, no sólo no podía aportar y no aporta nada relevante, de fondo, a la normativa refundida sino que, desde una perspectiva meramente práctica supone la renumeración de todos los artículos de las leyes que se refunden, con la distorsión que ello implica a efectos de consultar tanto la extensa bibliografía editada comentando esas leyes como las resoluciones de la Dirección General de Registros y del Notariado y las sentencias judiciales ya recaídas en relación con muchas de las normas refundidas. Además, en este nuevo texto refundido se ha recopilado la normativa vigente, pero no se han tenido en cuenta las resoluciones y sentencias que, en los últimos años, las han aclarado o complementado.

Sea como sea, el real decreto legislativo entró en vigor el 1 de septiembre y, se nos anuncia, tendrá una vida corta, durante la cual habrá que modificar y publicar un nuevo texto del Reglamento del Registro Mercantil, que quedó incompleto y en parte derogado, al publicarse la Ley de Modificaciones Estructurales y ahora queda ya totalmente descoordinado del texto sustantivo que debiera desarrollar.

Raimundo Segura. Socio de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira

Noticia encontrada en: http://www.cincodias.com/articulo/opinion/Refundicion-leyes-sociedades-capital/20100909cdscdiopi_1/cdsopi/(Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

miércoles, 8 de septiembre de 2010

La vivienda protegida, un pilar que corre peligro.

Javier G. Jorrín | 8/09/2010 - 17:26

El sector inmobiliario continúa de capa caída, aunque hay quien comienza a ver brotes verdes en el sector. El Colegio de Registradores publicó ayer la Estadística Registral Inmobiliaria correspondiente al segundo trimestre del año. En la nota de prensa adjunta afirmó que "en cierta medida, se mantiene la ligera tendencia a la recuperación iniciada el trimestre anterior".


El informe revela que se ha alcanzado un volumen de ventas que "supera al marcado en tres de los cuatro trimestres de 2009", de modo que mantiene las buenas cifras marcadas en los tres primeros meses del año, cuando se alcanzó la mayor cantidad de ventas de los últimos siete trimestres, con 117.709 transacciones.

Esta evolución es sin duda positiva, aunque el motivo de tal mejoría puede ser, en parte, ajeno a la propia dinámica del sector y venir empujado por impulsos externos. Esto significaría que en el caso de que cedan dichos impulsos, la situación en el sector sufriría una nueva caída.

Según el Colegio de Registradores, estos buenos resultados, cosechados a lo largo del primer semestre del año, son fruto de una mejoría en las condiciones de acceso a las hipotecas, unos tipos de interés bajos y un menor precio de la vivienda.

Sin embargo existen otras variables que influyeron directamente en la evolución del sector. En primer lugar, el anuncio del aumento del IVA para julio, provocó en los meses anteriores un efecto de anticipación en la compra de casas en la evolución de la compraventa en el sector de forma directa. De este modo, a partir de julio se podría haber experimentado un parón en las ventas. La próxima estadística oficial al respecto será la que ofrezca el Instituto Nacional de Estadística sobre Transmisiones de los Derechos de la Propiedad, el próximo día 13.

Por otra parte, la Vivienda de Protección Oficial (VPO) ha jugado un papel importante durante los últimos meses y ha contribuido a crear un clima de estabilización en el sector. En comparación con el último trimestre del año 2009, en el que se vendieron 5.303 inmuebles, la adquisición de vivienda nueva protegida aumentó en un 39,9 por ciento en el primer trimestre del año en el que se alcanzó una transmisión de 7.417 propiedades, mientras que en el segundo trimestre, el avance fue del 17,4 por ciento, con 6.225 transferencias.

Por otra parte, la comparativa de la adquisición de viviendas entre los dos primeros semestres de 2009 y 2010 indican un aumento en el último año del 3,37 por ciento, resultado más significativo, ya que elimina los factores estacionales.

De este modo, la VPO ha jugado un papel relevante en la evolución positiva de la compraventa de viviendas en los últimos meses. Así, de las 16.500 viviendas más que se construyeron en el primer trimestre del año, en comparación con el segundo, un 12,8 por ciento (2.114 inmuebles) eran VPO.

Recortes en VPO
Finalmente, los recortes del Ejecutivo para reducir el déficit del Estado, también afectarán a la cartera de Vivienda. Así, la ministra, Beatriz Corredor, anunció antes del verano que los recortes en este Ministerio se ejecutarían en materia de la vivienda de protección oficial. De este modo, los resultados tan positivos en la compraventa de este tipo de inmuebles podrían caer en los próximos meses y afectar al resto de las buenas cifras.

Noticia encontrada en http://ecodiario.eleconomista.es/vivienda/noticias/2430416/09/10/La-vivienda-protegida-un-pilar-que-corre-peligro.html (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

martes, 7 de septiembre de 2010

AULA CIVIL 2010

“LOS CONTRATOS: ASPECTOS CIVILES Y REGISTRALES”

                                           ¡NUEVO CURSO, 6ª EDICION!:

- PLAZO DE INSCRIPCION PARA LA NUEVA EDICION DEL CURSO DEL 27 DE SEPTIEMBRE HASTA EL 8 DE OCTUBRE 2010.

- INICIO DEL CURSO: 11 OCTUBRE 2010

Objetivo

Estudio teórico y práctico de las principales modalidades contractuales civiles y mercantiles del Ordenamiento jurídico español, con especial referencia a los aspectos registrales.

El curso puede realizarse separadamente, o al mismo tiempo que el curso de fiscalidad de los contratos, que son complementarios.


Destinatarios

Especialmente indicado para el personal auxiliar de los Registros de la Propiedad y Mercantiles y alumnos de Universidades con las que el Colegio de Registradores mantiene convenios de colaboración.


Desarrollo del curso

El curso se imparte on line a través de la página web del Colegio de Registradores,

El curso se desarrollará apoyándose en tres elementos:

* temas expositivos 
* ejercicios de autocomprobación 
* tutoría on line

Los temas se entregarán –previa acreditación mediante contraseña de la matrícula- quincenalmente en formato PDF, para su posible impresión en papel. Existe también un libro publicado por el Colegio de Registradores con el contenido del curso, que se puede adquirir a través de la distribuidora DIJUSA.

Las unidades didácticas previstas se entregarán quincenalmente acomodándose a la duración del curso prevista en 9 meses (octubre a junio), dejando libre el período de Navidad y Semana Santa.

Los ejercicios de autocomprobación acompañarán a cada uno de los temas y se entregarán también a través de la página web citada.

La tutoría “on line” permitirá que los asistentes al Curso puedan efectuar cualquier consulta relacionada con la materia expuesta, la cual será respondida durante la semana a través de la página web.

Al finalizar el curso, y solo para aquellos que lo hayan seguido habitualmente (que no hayan dejado presentar mas de 3 ejercicios), se realizará un examen presencial, tipo test, similar a los ejercicios que se han hecho durante el curso. Aprobar dicho examen es requisito indispensable para la obtención del diploma correspondiente.

Programa de los Cursos

El curso completo se desarrollará en 15 unidades didácticas, cuya exposición en el AULA CIVIL se efectuará a través de entregas quincenales.

TEMA 1.- Consideraciones generales del contrato.
TEMA 2.- Transmisión de bienes y derechos (I). La compraventa en general.
TEMA 3.- Transmisión de bienes y derechos (II). Compraventa de inmuebles. Compraventa de vehículos.
TEMA 4.- Transmisión de bienes y derechos (III). Transmisiones de valores. Transmisión de créditos y derechos. Transmisión de patrimonio empresarial.
TEMA 5.- Transmisión de bienes y derechos (IV). Permuta. Adjudicaciones de bienes. Excesos de adjudicación. Procedimientos inmatriculatorios que suplen la ausencia de título. Reconocimiento de dominio.
TEMA 6.- Derechos reales (I). Derechos reales de garantía: Hipoteca, prenda y anticresis. Condiciones resolutorias explícitas.
TEMA 7.- Derechos reales (II). Los derechos reales de goce.
TEMA 8.- Derechos reales (III). Derechos reales de adquisición.
TEMA 9.- Derechos personales (I). Contrato de arrendamiento. Subarriendo. Aparcería. Traspaso de local de negocio. Arrendamiento financiero.
TEMA 10.- Derechos personales (II). Fianza. Préstamos. Obligaciones. Cuenta de crédito. Depósito retribuido. Reconocimiento de deuda. Pensiones.
TEMA 11.- El contrato de sociedad (I). El contrato de sociedad. Tipología de las sociedades mercantiles. Concepto, caracteres, estructura y funcionamiento de las sociedades mercantiles.
TEMA 12.- El contrato de sociedad (II). Constitución de la sociedad. Aumento de capital. Disminución de capital. Fusión. Escisión. Disolución.
TEMA 13.- Cuentas en participación. Copropiedad de buques.
TEMA 14.- Operaciones inmobiliarias sin desplazamiento patrimonial.
TEMA 15.- Documentos notariales, mercantiles, administrativos.

Información Académica

Dirección académica: Javier Gómez Gálligo. Consejero Secretario RCDI.
Coordinación: María Goñi Rodríguez de Almeida. aulacivil@corpme.es
Fecha de inicio del curso: Lunes 11 de Octubre 2010.
Fecha de finalización del curso: Mayo de 2011.
Fecha del examen: Jueves 9 de junio 2011.

Diplomas

Se expedirá un diploma de aprovechamiento a todos los alumnos que hayan participado habitualmente en las sesiones de AULA CIVIL y hayan superado las pruebas finales (examen presencial). No se considerará participación habitual cuando no se haya asistido a tres sesiones o más.

Instrucciones de Matriculación

Los interesados del curso deberán rellenar el formulario que se encontrará en la página web del Colegio de Registradores a partir del día 28 de Septiembre. Es un curso gratuito.

Plazo de inscripción y matrícula: abierto desde el 27 de Septiembre hasta el 8 de Octubre de 2010.


Noticia encontrada en el apartado de Aula Civil de http://www.registradores.org (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

Vivienda corta el grifo a las ayudas y deja en el aire más de 200 peticiones.

07/09/2010 NOELIA MARTÍNEZ - www.elperiodicomediterraneo.com

APECC critica que no se realice el trasvase de recursos económicos de otras líneas de subvenciones sin cubrir.Cierran el fondo para los promotores y compradores de VPO “por disponibilidad presupuestaria” hasta el 2011.

La reconversión de vivienda libre a VPO podría peligrar por el varapalo a la concesión de subvenciones.MEDITERRÁNEO

La Conselleria de Vivienda ordenó ayer la inadmisión de más solicitudes de ayudas a la VPO para promotores y compradores en este 2010, a partir de hoy, lo que deja en el aire, como mínimo, a más de 200 solicitudes de Castellón más las que se hubieran producido de seguir activo el plan.

Según reza el edicto, para fulminar estas subvenciones se alega la falta de “disponibilidad presupuestaria” provocada por la afección por el recorte de fondos anunciado por el Ministerio.

De este modo, todavía con un cuatrimestre por delante, el programa del 2010 habría copado el cumplimiento de objetivos pero, en años anteriores, cuando esto ocurría, se trasvasaban fondos de otras líneas que habían quedado sin cubrir, con la llamada reserva de eficacia, que esta vez ha decidido eliminar el Gobierno central.

A fecha del pasado sábado, 4 de septiembre, la provincia de Castellón había registrado solicitudes para reconvertir de libre a VPO 772 viviendas, y así beneficiarse de las ayudas. Sin embargo, del total, solo habían sido autorizadas 525, con lo que más de 200 viviendas podrían estar aún pendientes, además de las que se hayan podido registrar y las que preveían hacerlo hasta fin de año.


“VARAPALO” AL SECTOR // Conocida la decisión, el presidente de la Asociación Provincial de Empresarios de la Construcción de Castellón (APECC), Fermín Renau, mostró su malestar por el nuevo “varapalo” al sector. “Esto supone para nosotros una dificultad añadida; lo tenemos todo mucho más complicado”, señaló. Y es que recordó que “la gran mayoría de las ventas de vivienda que se producen en la actualidad corresponden a viviendas libres reconvertidas a VPO, para que, así, los compradores puedan percibir ayudas para la entrada. Si esto se elimina de golpe no sé qué va a ocurrir; en Castellón se han presentado más de 700 solicitudes”.

Asimismo, exigió como solución que el Ministerio permita el trasvase de fondos de otras líneas de subvenciones que todavía tienen recursos y que no se van a utilizar, como ocurría en años anteriores. “En otras ocasiones, incluso se traspasaban recursos de unas autonomías a otras”, indicó. Justo ayer, Renau mantuvo en Madrid una reunión organizada por la Asociación de Promotores y Constructores de España (APCE), previa a un encuentro con la ministra, para tratar sobre la situación y la anunciada reforma del Ministerio de Vivienda. “Ahora no es momento de cambiar las reglas del juego, tal y como se ha planteado la reforma y el decreto son un desastre”, denunció.

Pendiente de una próxima cita con la Conselleria de Vivienda, Renau exigió una mayor implicación de la Administración.

COMPRAVENTA // Por otro lado, el Colegio de Registradores de la Propiedad dio a conocer ayer los datos de compraventas de vivienda del segundo trimestre del año, antes de la subida del IVA. En España, la cifra ascendió a 110.378, con un recorte de 7.533 frente al trimestre anterior, un -6,3%. 


Artículo encontrado en: http://www.elperiodicomediterraneo.com/noticias/noticia.asp?pkid=593294 (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

lunes, 6 de septiembre de 2010

La banca abre el grifo de los créditos pero solo para dar salida a su 'stock' de viviendas.

Ofrecen hipotecas a 50 años y financiación hasta el 100% si compran sus pisos, algo que los promotores consideran competencia desleal.

 
06.09.10 - 01:49 - M. ÁNGELES GONZÁLEZ maguisado@diariosur.es | MÁLAGA.

Ir a una inmobiliaria, dar un paseo y anotar los teléfonos que aparecen en los carteles que cuelgan de balcones y farolas, llamar a promotoras, visitar los portales 'web' de venta de pisos y ojear las revistas especializadas. Es lo que tradicionalmente hace cualquier persona que esté pensando en comprar una vivienda. Pero la crisis también ha cambiado esto. Ahora también es fundamental recorrer las páginas de los principales bancos y cajas en Internet, que se han convertido por obligación en auténticas agencias inmobiliarias.


Aunque no existen datos oficiales, un rastreo por una decena de estas entidades permite comprobar que cuentan con más de 1.500 inmuebles disponibles en la provincia de Málaga. Un 'stock' que no para de crecer fruto de embargos, impagos y promociones inviables por falta de financiación y al que intentan dar salida a través de dos ganchos: ofertas agresivas con precios rebajados y facilidades de financiación. Pero el grifo del crédito no se abre para todos. Se reserva para aquellos que adquieran uno de los pisos que están en manos de la entidad, a los que llegan a ofrecer hipotecas a 50 años por el 100% del valor de tasación y sin comisiones. Para el resto de potenciales compradores, sin embargo, obtener un crédito para una casa es casi una misión imposible.


Este hecho ha despertado las críticas de los promotores, que consideran «competencia desleal» la forma en la que bancos y cajas intentan deshacerse de su cartera de viviendas impidiendo que más de 20.000 inmuebles nuevos puedan encontrar comprador en la provincia. «Nos parece que esta estrategia es una competencia desleal absoluta. Se tendrían que dar las mismas facilidades a todos los compradores de pisos, pero no es así», critica el presidente de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga, José Prado. Prueba de ello, explica, es el «fracaso» del plan puesto en marcha el pasado año por la Junta de Andalucía en colaboración con 27 entidades financieras para reducir el 'stock' de viviendas, que en Málaga solo ha conseguido cerrar diez operaciones. Según Prado, esto es debido a los excesivos requisitos que bancos y cajas exigen a los interesados para concederles la hipoteca. «Tampoco tenemos la seguridad de que una vez que consigan vender todo su 'stock' abran la mano para dar crédito a las promotoras, pero en una sociedad de libre mercado no tenemos ninguna herramienta legal para evitar que los bancos actúen así», señala.


Bancaja es una de las entidades que ofrece condiciones financieras ventajosas a quien compre un piso a través de su portal Bancaja Habitat. Así, durante los tres primeros años el propietario no pagará ni capital ni intereses y podrá conseguir un préstamo por el 90% del importe del precio de compra. Respecto al plazo de amortización, es una de las cajas que ha recuperado la hipoteca a 50 años, como también lo han hecho BBK, Caja Vital Kutxa o Caja de Ávila.


Condiciones preferentes

Otras entidades, como Caja Madrid, hablan de «condiciones preferenciales» para quien encuentre la vivienda de sus sueños entre las que ofrecen en su portal. Esto es, financiación de hasta el 100% del precio de venta sin superar el 80% del valor de tasación, sin comisiones, desde euríbor más 0,90% y con un plazo de hasta 40 años. Caja Mediterráneo también publicita financiación total, como Banco Santander, Banesto o CajaSur. Muchas de ellas, además, aseguran que las viviendas cuentan con importantes descuentos. Sin embargo, los expertos aconsejan actuar con cautela. «Lo que ofrecen es flexibilidad financiera, pero no han ajustado los precios a la realidad económica que vive el país», asegura Ángel Yagüe, coordinador del Instituto Andaluz de Estudios Financieros, que también cree que la estrategia de bancos y cajas «puede ser una práctica colusoria de la libre competencia». A su entender, esta táctica «no sirve para desatascar el mercado inmobiliario», cuya digestión se producirá «por el ajuste de precios, que siguen siendo inalcanzables». Esto hace que bancos y cajas no consigan deshacerse de su 'stock'. Solo aquellos que necesitan una vivienda acuden al catálogo de las entidades cuando es la única forma de obtener el préstamo, explica. 

«Puede ser una buena opción, pero hay que comprobar que la operación interesa desde el punto de vista económico y financiero, prestando atención al precio y las vinculaciones que exige el banco para dar el crédito», apunta Alfredo Martínez, delegado de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc) en Málaga. En el caso de las hipotecas a 50 años, recuerda que son una alternativa para pagar menos de cuota, pero tienen un efecto financiero mayor: «Si tardas más en pagar, al final pagas más».

Artículo encontrado en:  http://www.diariosur.es/v/20100906/malaga/banca-abre-grifo-creditos-20100906.html  (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

domingo, 5 de septiembre de 2010

El Parlamento Europeo pide a España que corrija "disfunciones" en la Ley de Costas

 DA S/C DE TENERIFE - domingo 05 de septiembre de 2010

El 20 de mayo de este año, la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo remitió a la ministra española de Medio Ambiente, Elena Espinosa, una carta en la que advertía de "ciertas disfunciones" en la Ley de Costas, que quedaron patentes durante la intervención que ante este órgano comunitario hicieron portavoces de vecinos afectados por derribos en el dominio público en toda España, entre ellos el poblado candelariero de Cho Vito.

La presidenta de la Comisión de Reclamaciones de la Eurocámara, Erminia Mazzoni, refiere en su carta que el dominio público marítimo terrestre se define en la Ley de Costas "en términos imprecisos". La falta de claridad en este sentido "ha tenido como consecuencia que las líneas de deslinde sean trazadas por ejemplo en zig-zag, lo que da cabida a interpretaciones que parecen arbitrarias". "Los deslindes", según Mazzoni, "son una constante en las reclamaciones de los ciudadanos y los criterios necesarios para hacerlos deberían aplicarse con igualdad en toda la costa española".

Otro aspecto que cuestiona el Parlamento Europeo es que la Ley de Costas de 1988 "no respeta las situaciones de propiedad privada anteriores a ella:los terrenos y las edificaciones que estaban fuera del dominio público bajo los deslindes trazados antes de esa Ley pasan a ser dominio público; en lugar de preverse la expropiación de esos terrenos, la Ley ha convertido automáticamente a los propietarios en concesionarios por 30 años, plazo prorrogable por otros 30". " Creemos que no deberían pasarse por alto las situaciones de propiedad y ocupación preexistentes durante años; y podrían hacerse operaciones concretas de expropiación, pero ello requeriría por supuesto una transparente explicación sobre cuál es el fin que se quiere lograr", añade la responsable de la Comisión de Reclamaciones europea.

Por último, Mazzoni pone de relieve que "los terrenos y sus edificaciones estaban inscritos en el Registro de la Propiedad (organismo que debe ofrecer seguridad jurídica y social), como de propiedad privada y por tanto de se presumía que pertenecían legítimamente a su propietario y no lo están, pues la Ley de Costas considera que su inscripción no es válida".

El Europarlamento "es consciente de que el Tribunal Constitucional español ha dicho que esto es ajustado al Derecho en España, pero el propietario a pesar de tener una propiedad consolidada en incluso inscrita en el Registro como propia, tiene que ir a los Tribunales a demostrar que es suya, pues la Ley de Costas no reconoce tal situación". Por ello, el Parlamento europeo pidió a la ministra que "estudiara en profundidad estas disfunciones" y tomara medidas.

Artículo encontrado en:http://www.diariodeavisos.com/2010/diariodeavisos/content/25779/ (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

viernes, 3 de septiembre de 2010

Oleada de nuevas hipotecas coincidiendo con el fin de la deducción fiscal.

Hora : 08:20 Fuente : Invertia

Varios han sido los cambios en los préstamos hipotecarios durante las vacaciones, sobre todo en lo que se refiere a los tipos de interés. Y a pesar de que algunas entidades han encarecido sus hipotecas, otras han ‘afilado el lápiz’ para sacar sus préstamos a competir al mercado con un mayor atractivo en este decisivo último trimestre del año. La razón, la previsible eliminación en diciembre de la deducción de la vivienda para rentas superiores a los 24.000 euros.

La rebaja más comentada del mes ha sido sin duda la de ING, que a partir de ahora ofrece a sus clientes un descuento de 0,20 puntos en su Hipoteca Naranja, llegando a Euribor + 0,49% tanto en compra como en subrogación, manteniendo sus principales ventajas: plazo de amortización de hasta 40 años y sin comisiones. Para conseguir este tipo de interés tan bajo, los clientes deben tener domiciliada su nómina en ING desde hace más de 6 meses y contratar un seguro de vida y un seguro de hogar.

Otras hipotecas online a tipo variable que, a pesar de no haber sufrido cambios, se mantienen en los primeros puestos de las más baratas al inicio de septiembre son la Hipoteca Vivienda Habitual de Oficinadirecta, On Plus de Caixa Galicia e Hipoteca a la carta de Uno-e, con intereses comprendidos entre Euribor + 0,35% y Euribor + 0,39%.

En cuanto al resto de hipotecas variables que se comercializan fuera de Internet, destacan la Hipoteca Cambio de Banco de Barclays y la de BBVA, con diferenciales comprendidos entre 0,45% y 0,50%.

Hipotecas fijas

Bankinter ha sorprendido bajando el interés de su hipoteca fija para primera y segunda vivienda. Así, el tipo fijo para una hipoteca a 20 años que antes era de 4,14% ahora es de 3,67% y el interés de una hipoteca a 30 años que antes era de 4,67% es ahora de 4,06%. Las comisiones siguen siendo las máximas permitidas por la ley y el porcentaje financiado se ha mantenido estable con respecto al pasado ejercicio: 80% para primera vivienda y 55% para la segunda.

Las hipotecas fijas más competitivas del mercado a 30 años son, por este orden, la de Bankinter con un interés de 4,06%, la de Barclays con un interés de 4,4% y la de SabadellAtlántico con un interés de 5,2% que empata con las hipotecas fijas de Solbank y Activo Bank.

Y en lo que se refiere a las no tan competitivas también ha habido una novedad: SabadellAtlántico ha reducido el tipo fijo del primer período (4 años) de su hipoteca mixta, de 4,40% a 4,10%, además del interés de su hipoteca fija. Si antes de vacaciones el interés fijo a 20 años era de 5,60%, ahora es del 5%, y el interés a 30 años que antes era del 5,80% es ahora del 5,20%. El plazo de amortización sigue siendo el mismo en todas sus hipotecas: 40 años, a excepción de su hipoteca fija, financiada hasta 30 años.

Hipotecas al alza y estrategias contra la crisis

En el apartado de las hipotecas que han empeorado sus condiciones durante el período estival, destacan 3: la Hipoteca Bonificada de IberCaja, que ha encarecido tanto el interés fijo (de 4,10% a 4,85%) como el variable (de Euribor + 1 a Euribor + 1,10%) de su hipoteca mixta; la Hipoteca Joven de Caja Rioja, que pasa del 0% al 2,95% de interés durante los 3 primeros meses; y la Hipoteca Subrogación de iBanesto, que ya no ofrece Euribor + 0,38% sino Euribor +0,45%.

Parece que las estrategias para afrontar la crisis de los bancos pueden resumirse en tres: una, si la entidad no ha sido muy afectada, captar más clientes a través de rebajas; dos, cuando el banco ha sufrido más pérdidas, intentar aumentar ingresos encareciendo las hipotecas; y tres, si el banco en cuestión cuenta con un gran stock de viviendas, intentar venderlas con hipotecas muy atractivas (como Caixa Penedès a Euribor + 0,25% o Bankinter a 0,20%) financiadas al 100%.

Fin de la deducción fiscal

Pero sin duda, dos cambios inminentes que tendrán un efecto directo e importante sobre las hipotecas son (1) la subida del Euribor y (2) el fin de la deducción fiscal por compra de vivienda.

Tras cinco meses al alza, el índice hipotecario acaba de cerrar agosto al 1,42% encareciendo las cuotas de las hipotecas por primera vez en casi dos años, concretamente, entre 6 y 14 euros con respecto a agosto de 2009. Este repunte leve pero continuado del Euribor también ha llevado a que algunas hipotecas hayan subido su tipo de interés unas pocas centésimas, justo para cubrir la oscilación del mercado. Es el caso de la Hipoteca Vivenda Habitual de Oficinadirecta, que acaba de subir el interés de su período fijo de seis meses de 1,60% a 1,75%. Se trata de una subida entendible si tenemos en cuenta que mantener el 1,60% a agosto de 2010 equivaldría a un interés variable de Euribor + 0,18%. Y en cuanto al fin de la deducción fiscal por compra de vivienda para rentas superiores a 24.000 euros anuales, se esperaba que causara un aumento de la adquisición de hipotecas en este último período del año que no se está produciendo. De hecho, los últimos datos del INE apuntan a que el número de préstamos hipotecarios cayeron un 17,7% en el pasado mes de junio.

Habrá que esperar todavía unas semanas para ver qué perfil toma el nuevo entramado entre mercado, entidades bancarias y usuarios a las puertas de 2011.

Artículo encontrado en:  http://www.invertia.com/noticias/noticia.asp?idnoticia=2395304 (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

jueves, 2 de septiembre de 2010

Vivienda gestionará el alquiler de 200 pisos de Bancaja

MIGUEL OLIVARES - Valencia - 02/09/2010

La Sociedad Pública de Alquiler (SPA), que depende del Ministerio de Vivienda, gestionará 200 pisos de nueva construcción propiedad de Bancaja. Beatriz Corredor, ministra de Vivienda, y José Luis Olivas, presidente de Bancaja, tiene previsto firmar hoy en Madrid el convenio para incorporar los inmuebles de Bancaja a la oferta que comercializa la entidad pública.

Hasta la fecha, la SPA ha firmado convenios con 240 promotores y con el Banco Santander. Bancaja es la primera caja de ahorros que cierra un acuerdo con la empresa pública, según fuentes de la entidad financieras.

El Ministerio de Vivienda estima que llegará a comercializar un total de 5.200 viviendas terminadas que son propiedad de distintas entidades financieras.

El objetivo de la SPA es consolidar un mercado del alquiler más profesional, amplio y dinámico, con viviendas de calidad y a precios competitivos y al que pueda acceder el mayor numero de inquilinos.

Las entidades financieras, por su parte, logran mover el excedente de inmuebles terminados sin vender que han acumulado entre sus activos. Los precios de alquiler los fija la SPA. Hasta la fecha, la media ronda los 700 euros al mes.

Un total de 17.342 ciudadanos han confiado viviendas de su propiedad a la Sociedad Pública de Alquiler. Hasta julio pasado, la empresa había atendido a un total de 28.500 potenciales clientes. Desde su constitución en 2005, la SPA ha cerrado 14.057 contratos de alquiler.

El interés por la oferta de la empresa pública ha crecido de forma notable. Durante los cinco primeros meses de 2010 se alquilaron 1.959 viviendas, frente a 870 en el mismo perioso del año anterior, cifras que arrojan un alza del 125%.

Artículo encontrado en: http://www.elpais.com/articulo/Comunidad/Valenciana/Vivienda/gestionara/alquiler/200/pisos/Bancaja/elpepiespval/20100902elpval_10/Tes?print=1 (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).

miércoles, 1 de septiembre de 2010

La rotura de una tubería inundó el Registro de la Propiedad.

La rotura de una tubería inundó parcialmente las oficinas del Registro de la Propiedad, ubicado en la plaza Julio Caro Baroja, en el barrio donostiarra de Venta Berri. La avería se produjo por la noche, sin que nadie lo advirtiese hasta que se abrieron las oficinas. Los empleados sacaron al exterior los documentos y carpetas que se habían mojado y se determinó el cierre de las dependencias afectadas, como quedó indicado en una comunicación oficial que se instaló en la cartelera de acceso. No hubo pérdida de documentación, debido que se se encuentra digitalizada. 

Artículo encontrado en: http://www.diariovasco.com/v/20100901/al-dia-local/rotura-tuberia-inundo-registro-20100901.html (Pulsar el enlace para ver íntegramente la noticia, su autor y la publicación).