martes, 30 de marzo de 2010

La crisis fuerza a la Administración al embargo de 4,7 millones de cuentas.

El número de inmuebles retenidos se dispara un 30%.

La Seguridad Social y la Agencia Tributaria embargaron 4,7 millones de cuentas corrientes en 2009, un 25,4% más que en 2008. La Administración puede, sin necesidad de acudir a los tribunales, retener depósitos y cuentas financieras para asegurar el cobro de deudas, que se han disparado con la crisis.

Jaume Viñas - Madrid - 30/03/2010

Nunca antes la Agencia Tributaria y la Seguridad Social habían lanzado tantas órdenes de embargo como en 2009. En Hacienda, se superaron los cuatro millones de embargos, un 30% más que el año anterior, según los datos a los que ha tenido acceso CincoDías. Mientras que en la Seguridad Social, el número de embargos ascendió a 2,6 millones, un 12% más.

La mayor parte corresponde a cuentas corrientes. Resulta lógico. Por un lado, la legislación establece un orden prioritario de productos a embargar, que encabezan las cuentas corrientes. Le siguen créditos, sueldos e inmuebles. Además, un cambio legislativo introducido en 2009 elevó de 6.000 euros a 20.000 euros el importe que la Agencia Tributaria puede embargar de forma automática.

Por esta vía, la Seguridad Social ha recaudado 231 millones de euros en 2009. Dicho de otra forma, ingresó 143 euros por cada cuenta embargada. La estadística indica que el embargo de inmuebles también se ha disparado en el último año, lo que evidencia el fuerte incremento del importe de las deudas de los contribuyentes. Hacienda ha retenido más de 20.000 inmuebles, un 36% más que en 2008, mientras que la Seguridad Social embargó 93.000 viviendas y locales. En esta cifra, no se incluyen las ejecuciones hipotecarias, es decir, los embargos derivados por el impago de las cuotas hipotecarias a los bancos.

Detrás de todas esas cifras subyace el deterioro económica de empresas y particulares, incapaces de cumplir con sus obligaciones tributarias. De hecho, el año anterior, las empresas solicitaron aplazamientos de deuda tributaria por 15.096 millones de euros, un 57,6% más que el año anterior. Una cifra nunca vista y que ilustra los problemas de tesorería que atraviesan las empresas y las dificultades por encontrar financiación. Retrasar los pagos tributarios no resulta gratuito ya que se aplica el denominado interés de demora, que se sitúa en el 5%, por encima de los tipos oficiales. Sin embargo, a día de hoy, para las empresas resulta más fácil reclamar un aplazamiento a Hacienda que acceder a una línea de crédito. De hecho, la Agencia Tributaria ha flexibilizado los requisitos para conceder moratorias en el pago de impuestos.

Con todo, tanto Hacienda como la Seguridad Social han reducido en 2009 el número de embargos sobre salarios y pensiones (ver gráfico). Ello parece indicar que son las empresas, más que los particulares, quienes se encuentran con mayores problemas para abonar sus deudas con la Administración.

Los bancos no tienen bastante con los pisos

La mayor parte de embargos sobre inmuebles se producen a raíz de las ejecuciones hipotecarias, que se dispararon un 95% en 2009 y que se dan cuando los propietarios de una vivienda no pueden hacer frente al pago de su hipoteca. Luis Fernández del Pozo, director del centro de estudios del Colegio de Registradores, constata el incremento exponencial de los procesos de embargo y un aumento de la litigiosidad.

Aun así, Juan Ferré, socio director del bufete de abogados Pluta, indica que la mayor parte de los embargos se ordenan desde los juzgados de primera instancia, por lo que son procesos relativamente rápidos. Sin embargo, la ejecución, es decir, cuando el propietario pierde el bien embargado se produce cuando finaliza el proceso judicial que, dependiendo de los casos, puede demorarse años.

En las ejecuciones hipotecarias suele ocurrir que la deuda contraída con el banco es superior al valor del piso, debido a la caída de precios del sector inmobiliario. En estas ocasiones se embargan otros bienes, como puede ser el salario. La legislación prohíbe embargar la parte del sueldo equivalente al salario mínimo interprofesional, que asciende a 633,3 euros. El Gobierno estudia elevar esa cuantía un 20% para las personas con familiares a cargo. Sin embargo, la legislación actual ya contempla rebajas en la parte del salario susceptible de embargo en función de la "cargas familiares del ejecutado".


Vaciar el patrimonio

Ante la posibilidad de un embargo, muchos contribuyentes intentan deshacerse de sus bienes por temor a perderlos. Los registradores vigilan que no existan ventas ficticias. En cualquier caso, siempre es más fácil ocultar bienes como joyas u obras de arte que no figuran en ningún registro oficial.

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